Por: Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos
La seguridad ciudadana en Colombia se ha convertido en una preocupación central debido a altos niveles de criminalidad, economías ilegales persistentes y una limitada capacidad institucional para proteger de manera efectiva y equitativa la vida, la integridad física y el patrimonio de las personas. En este contexto de ansiedad social y vacío institucional, han surgido iniciativas como los frentes de seguridad, promovidos por entidades estatales (como alcaldías y gobernaciones), gremios y sectores privados adinerados, que se presentan como mecanismos de “participación comunitaria” y corresponsabilidad en la seguridad.
No obstante, detrás de este discurso aparentemente virtuoso de colaboración ciudadana, se ocultan riesgos profundos y sistémicos para los derechos humanos. La creación y operación de estos frentes suelen darse en un vacío normativo sustancial, donde la prisa por mostrar resultados en la lucha contra el delito opaca la necesidad de establecer protocolos claros que delimiten sus funciones, evite la vigilancia arbitraria, las actuaciones desmedidas y violentas o prevengan la discriminación. Lejos de ser meros asistentes pasivos de la fuerza pública, en muchos casos estos grupos han asumido roles cuasi-policiales, sin la formación adecuada en derechos humanos ni los controles necesarios, generando un escenario propicio para la vulneración de garantías fundamentales como la privacidad, la libre circulación, la presunción de inocencia, la igualdad, la integridad personal y los derechos a la manifestación pública.
Este fenómeno no es neutro. Como advierte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), “la participación de particulares en actividades de seguridad… debe estar sujeta a un marco regulatorio claro y a un control estricto por parte del Estado para evitar excesos” (CIDH, 2009, p. 42). Sin embargo, la realidad colombiana dista mucho de este estándar. La Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia), si bien legitima la participación comunitaria, lo hace en términos tan amplios y genéricos que habilita escenarios de riesgo, sin exigir formación obligatoria en derechos humanos, sin regular de manera estricta el uso de tecnologías de vigilancia y sin establecer consecuencias claras y efectivas por abusos. Se trata, en esencia, de un marco habilitante de prácticas discrecionales, sin mecanismos robustos de rendición de cuentas.
Este documento busca develar las tensiones no resueltas entre la delegación de la seguridad a particulares, disimulada en conceptos como seguridad comunitaria, y los derechos humanos, argumentando que la implementación de los frentes de seguridad —sin los debidos contrapesos democráticos reproduce y potencia lógicas de control social punitivo, estigmatización territorial y vigilancia excluyente. Estas lógicas impactan desproporcionadamente a jóvenes, población migrante, habitantes de calle, manifestantes contra el orden establecido y comunidades en situación de vulnerabilidad, quienes son percibidos como “sospechosos habituales” bajo una óptica securitista. Como señala Ungar (2007), este tipo de mecanismos suelen convertirse en instrumentos que, “lejos de fortalecer la autonomía comunitaria, refuerzan la dependencia de la fuerza pública y fomentan la segmentación social” (p. 31).
Se realizó metodológicamente una revisión documental crítica de instrumentos nacionales e internacionales de derechos humanos y el contraste con estándares interamericanos en materia de seguridad ciudadana. El objetivo último es aportar a un debate público urgente y necesario: ¿es posible construir una seguridad comunitaria que no sacrifique los derechos fundamentales? La respuesta a esta pregunta no solo define el futuro de los frentes de seguridad, sino también el carácter democrático e incluyente de la seguridad en Colombia.
Análisis desde la perspectiva de los derechos humanos
Los frentes de seguridad se presentan como una estrategia de seguridad que busca conectar la “participación” ciudadana en estrategias de seguridad y convivencia barrial vecinal. Este modelo de seguridad inspirado en la experiencia norteamericana de los años 80 es adaptado e implementado en Colombia de acuerdo con las condiciones propias del contexto nacional, de conflicto armado, seguridad y convivencia en el marco de las normas vigentes, que en su mayoría son fruto de un populismo punitivo, reactivo, volátil y anclado a las políticas de seguridad, tal como lo sostuvo la Corte Constitucional en la sentencia de T-762 de 2015, en la cual analizó los efectos de la política criminal colombiana.
Uno de los elementos que llama la atención tiene que ver con el impulso que se le ha dado, desde la Policía Nacional hasta las autoridades locales de las principales ciudades del país, a este tipo de estrategia de seguridad y de convivencia que incentiva la participación ciudadana, en clave de residentes que vigilan de manera activa y colectiva una porción del espacio que habitan en sus barrios y vecindarios de residencia. Durante el 2024 en Bogotá se crearon cerca de 133 frentes de seguridad para un total de 1634 en toda la ciudad con cerca de 37.000 integrantes, según la misma Alcaldía de Bogotá.
Esta estrategia de seguridad y convivencia bajo el liderazgo de la institución policial despierta serias inquietudes, no solo por la relevancia que ha tenido en años recientes, sino por los antecedentes que en el país ha tenido el involucramiento de la sociedad civil en actividades de seguridad bajo el marco justificatorio de la lucha contra la delincuencia, la criminalidad y el fortalecimiento de la convivencia. El reprochable precedente que ha dejado la experiencia de las Convivir (Cooperativas de vigilancia y seguridad privada para la defensa agraria) frente al Estado y su política de seguridad durante de la década de los 90’s (1994-1997), así como los efectos que tuvo para el conjunto de la sociedad y para los años venideros, la cual incentivó el involucramiento directo de particulares en tareas de seguridad bajo el respaldo y apoyo técnico y logístico de las fuerzas militares y de seguridad, favoreciendo la creación de grupos paramilitares responsables de masacres y graves violaciones de derechos humanos , nos exige hoy una postura responsable -y por tanto crítica- como sociedad civil y organizaciones defensoras de derechos humanos ante toda estrategia de seguridad que, bajo el liderazgo del cualquier fuerza de seguridad del Estado, involucre de manera más o menos directa la participación de la sociedad civil o de particulares en actividades de seguridad.
La creciente expansión de los frentes de seguridad, los usos y las narrativas que las alcaldías y autoridades locales hacen de estos, así como los postulados que orientan la estrategia misma de seguridad liderada por la Policía Nacional, requieren entonces de una revisión rigurosa que permita comprender los límites, los alcances y los riesgos que tal propuesta de seguridad implica para la sociedad colombiana en su conjunto. Es por ello que resulta importante preguntarse por ¿las particularidades propias de organización, funcionamiento y regulación de los frentes de seguridad’ ¿El tipo de relacionamiento se establece desde el liderazgo de la Policía Nacional con particulares? ¿Las orientaciones precisas -o ambigüedades- presentes en la conformación y funcionamiento de los frentes de seguridad?
Líneas generales
Los frentes de seguridad son definidos por la institución policial como:
“Organizaciones cívicas voluntarias, de carácter comunitario lideradas por la Policía Nacional donde sus asociados deciden organizarse para mejorar la convivencia y seguridad ciudadana, en zonas urbanas y rurales construyendo una cultura de seguridad basada en la participación ciudadana”.
Tanto los lineamientos generales como los elementos normativos que regulan y orientan se presentan de manera general, encontrándose vacíos en cuanto a protocolos y formas definidas de operación y articulación. El vínculo entre ciudadanía e institución policial desde lo que se ha denominado como “frentes de seguridad” se presenta de manera ambigua, en donde lo formal apenas cumple con los elementos básicos de registro y conformación, a través de una forma básica de organización vecinal, en la cual se tiene definido un rol central, una especie de líder de frente denominado “Coordinador”, quien tiene por tarea principal servir de enlace entre el comandante de policía del Cai y la comunidad.
Sin embargo, más allá de lo básico formal, los lineamientos en cuanto al funcionamiento de los frentes de seguridad, la periodicidad de los encuentros, así como las condiciones y/o requisitos para participar en este tipo de conformaciones no se encuentran claramente definidos. Además, esta estrategia de seguridad que articula la institución policial y la sociedad civil con el propósito de garantizar la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana no deja de ser un enunciado, ya que esta ausencia de protocolos claros de vinculación y repertorios de acción termina siendo ejecutada sin mayor control y seguimiento, permitiendo además interpretaciones ambiguas de lo que se puede entender y definir desde estos frentes por seguridad vs inseguridad; delincuencia vs legalidad; convivencia y conflictividad; autocuidado vs vulnerabilidad.
Más allá de los enunciados acerca de los canales básicos de formalización y registro de este tipo de agrupaciones y la articulación policial con la ciudadanía vecinal, nos encontramos con una extensa zona gris en cuanto a las formas de intervención, alcance de las potestades de los frentes de seguridad, estrategias de seguridad que se pretenden implementar y, con ello, las medidas que definen el tipo de relacionamiento que la ciudadanía puede entablar con la institucionalidad y con otros actores de la ciudadanía como gremios, asociaciones, comercio, juntas de acción comunal, organizaciones juveniles, etc. Tampoco es claro, en el marco de esta ausencia de definiciones, lo que se puede entender como seguridad ciudadana, pues este contexto puede propiciar miradas peligrosistas de lo que se entiende por convivencia y seguridad, reiterando sesgos, estigmas y otros prejuicios sociales como los asociados a las diversidades políticas, sexuales, de género, pensamiento, entre otras.
Ambigüedad policial en materia de seguridad: ni participación ciudadana, ni
reforma institucional
Uno de los aspectos que más preocupación presenta en cuanto al tipo de relacionamiento flexible y cercano de la policía con la ciudadanía -el cual desdibuja la responsabilidad del Estado en temas de seguridad y convivencia- es que esta estrategia de articulación tiene desarrollos desiguales y diferenciados. Por un lado, podemos encontrar experiencias de frentes de seguridad que se convierten en dinamizadores de la convivencia barrial y vecinal, brindando apoyo a jornadas cívicas de cuidado del espacio público y del medio ambiente, así como frentes de seguridad en los que predominan formas de vinculación ciudadana orientadas a dar tratamiento violento a los temas de seguridad y convivencia de la ciudad. Entre ambas orillas se presentan diversos matices que pueden variar de caso a caso, dificultando así el examen riguroso de este tipo de estrategias.
Desde este enfoque, nos encontramos con que los casos relativamente “exitosos” que se pueden encontrar de los frentes de seguridad en la ciudad de Bogotá -aquellos en los que predominan formas de articulación basadas en la convivencia ciudadana pacífica- ocurren en zonas y localidades en las que el uso de la fuerza por parte de la policía ha sido tendencialmente moderado frente a habitantes y residentes que cuentan con ciertas condiciones de estabilidad socioeconómica y de capital cultural. Por otro lado, en grandes segmentos de la ciudad, en donde las condiciones socioeconómicas presentan mayores niveles de vulnerabilidad, la experiencia de articulación de los frentes de seguridad arroja que en tales escenarios se prolongan tendencias punitivistas en cuanto al tratamiento de los temas de inseguridad, delincuencia y convivencia ciudadana. Aun así, todavía hay un espectro mayor que requiere ser estudiado con más detenimiento, el cual tiene que ver con los matices que se presentan entre una orilla y otra, en donde se pueden presentar casos de frentes de seguridad que estimulen rutas de convivencia pacífica entre residentes y/o propietarios, pero que operen de manera discriminatoria ante la presencia de habitantes temporales, migrantes o habitantes de otras localidades de la ciudad.
Participación ciudadana o instrumentalización policial
Aunque uno de los objetivos que se buscan con la estrategia de los frentes de seguridad es precisamente “fomentar la participación conjunta de las personas y las instituciones del Estado para mejorar la convivencia y seguridad ciudadana”, nos encontramos con que en su funcionamiento lo que se enuncia como participación ocurre bajo un tipo de relacionamiento bastante desigual, ya que de acuerdo a los lineamientos que se trazan para la constitución de los frentes de seguridad, quien está al frente de estos es el comandante de policía de la Estación policial de la zona que busca cubrir tal frente de seguridad, el desarrollo de la estrategia de convivencia y de seguridad se debe ajustar a lo que defina la unidad policial de acuerdo a las directores que marcan su funcionamiento, lo cual puede parecer bastante lógico si se trata de temas de seguridad y convivencia ciudadana, sin embargo, el punto problemático radica en que la subordinación al comandante de estación de policía están orientados por la lógicas de resultado, de protección de intereses de sectores económicos dominantes, sometidos a los avatares de la política de los alcaldes y no necesariamente a las necesidades comunitarias, lo que hace que los frente se instrumentalicen por la Policía para dar resultados a gobernante de turno, siendo una extensión del populismo punitivo de los alcaldes y gobernadores.
En sociedades que se han visto atravesadas por conflictos armados como Colombia, el desarrollo de sus instituciones se ve marcado por la relación que el Estado establece con la sociedad civil para dar tratamiento al conflicto, en particular las instituciones que administran el uso de la fuerza, como las fuerzas militares y la policía. Estas tienen un desenvolvimiento diferencial en contraste con sociedades que no han tenido conflictos armados internos en América Latina (2008 Frühling H; Tulchin J). Las tareas militares que termina por asumir la institución policial en escenarios de conflicto interno marcan el tipo de doctrina institucional y, con ello, la forma en que la policía se relaciona con la sociedad civil, los conflictos sociales y sus demandas, grupos rebeldes y grupos delincuenciales, generando formas de relacionamiento de guerra donde los sectores sociales marginados son asociados a objetivos legítimos que perseguir o esos enemigos internos que ponen en peligro la estabilidad estatal o fines genéricos como el orden público.
Este tipo de trayectoria marca el desarrollo contemporáneo de la institución policial en el país, la promoción de estrategias de seguridad fundadas en procesos de articulación entre policía y sociedad civil bajo la consigna de la “participación ciudadana”, sin una estrategia y unos lineamientos que se ajusten de forma clara y explícita a la promoción y garantía de los derechos humanos, fundada no solo en enunciaciones generales en torno a la “convivencia pacífica” con alusiones escuetas a la Constitución Política (005 DISEC-GRUPE); es un requisito mínimo para convocar cualquier tipo de participación y de articulación de la ciudadanía y la institución policial.
En cuanto al tipo de participación que se propone en los frentes de seguridad, las rutas de acción ciudadana que se disponen resultan bastante reducidas, construyendo una relación policía-ciudadanía bastante rígida y vertical, en función de los lineamientos de seguridad que disponga la unidad policial que tiene operación en la zona o barrio demarcado, sin que la ciudadanía cuente con canales claros que permitan hacer seguimiento y veeduría pública al desempeño policial, y no solo poner en función de la institución el tejido social barrial. Este esquema reproduce una relación funcional para la policía y sus objetivos institucionales que no siempre resultan siendo los mismos de la comunidad. Este resulta un aspecto central para llevar procesos de inhibición del control ciudadano que puedan visibilizar situaciones de abuso de autoridad, corrupción y/o relación “irregular” de la institución con actores ilegales en los barrios, situación muchas veces denunciada por la ciudadanía, sin que se pueda ser debidamente defendida por temor a represalias.
Conclusiones
Los frentes de seguridad son hoy una estrategia que desarrolla una forma de articulación de la institución policial con la ciudadanía que tiene un carácter especialmente instrumental, en función de resultados institucionales a riesgo de reproducir sesgos, estigmas. Sus lineamientos estratégicos y operativos resultan desajustados y desactualizados en relación con los cambios políticos e institucionales que viene atravesando el país, en particular en cuanto a la estrategia de paz y seguridad con enfoque humano que trae consigo la firma de los Acuerdos de Paz de 2016, y el cambio de enfoque que el actual gobierno progresista ha dado en los temas de seguridad y defensa. Por otro lado, las enunciaciones generales que orientan a los frentes de seguridad no responden a los retos de reforma y transformación que requiere la policía en el marco de la defensa y garantía de los derechos humanos, los cuales son indispensables para cumplir con su misión constitucional.
En cuanto al tipo de participación ciudadana que se propone, se encuentra que responde a un modelo rígido de dirección que se acomoda a las necesidades de seguridad y legitimidad de la institución policial, en cabeza del comandante de estación o del CAI del respectivo barrio o zona de incidencia. Este tipo de estructura vertical restringe el control y la veeduría que puede hacer la ciudadanía al desempeño de agentes y uniformados, generando un vínculo instrumental que busca poner en disposición de las autoridades policiales el tejido social que por diversos motivos ha sido objeto de vulneración, agresión, abuso y persecución por parte de la policía nacional en distintos momentos de la historia reciente del país.
En cuanto al funcionamiento y la expansión de los frentes de seguridad en el periodo reciente, se encuentra que los lineamientos no cuentan con estrategias claras en defensa de los derechos humanos, tienen un carácter ambiguo, que arroja resultados diversos que dificultan hacer un balance general de los frentes de seguridad en cada ciudad. Sin embargo, hay que decir que la forma flexible que se permite para constituir y operar los frentes de seguridad termina por perpetuar tendencias de discriminación y persecución de acuerdo a las dinámicas de conflictividad social que atraviesan a cada barrio y que responden a lógicas estructurales de desigualdad social, económica, étnica y cultural.
Los frentes de seguridad también se ponen en función de las lógicas dominantes de exclusión política a través del uso de la violencia, tradición que en Colombia tuvo su máxima expresión con la creación de las CONVIVIR, frentes de seguridad que alimentaron el proyecto paramilitar de las AUC. Hoy estos frentes de seguridad actúan para atacar expresiones disruptivas del ejercicio de derechos como lo es la protesta, el desarrollo de la libre personalidad, la libre locomoción, la recreación y el ejercicio de garantías fundamentales como el debido proceso y no ser sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes, entre otras. Esto se ha evidenciado recientemente en la represión ejercida por frentes de seguridad en la Universidad Nacional de Bogotá y en San Gil, Santander, en octubre de 2025, Cali durante el estallido social, en Barranquilla y otros lugares del territorio nacional contra manifestantes, jóvenes y comunidades indígenas.
En sentido, despierta preocupación que no exista un control riguroso que defina y evalúe el funcionamiento de los frentes de seguridad, que no se cuente con cifras e indicadores claros a través de los cuales se pueda hacer seguimiento de la incidencia de este tipo de estrategia, y que al mismo tiempo se estén incubando tendencias “punitivistas” para el tratamiento de la seguridad y la convivencia ciudadana y barrial, lo cual perpetúa formas históricas de violencia al interior de las ciudades, lo que termina por frenar los necesarios procesos de reforma al interior de la institución policial, tanto en su componente normativo como en el conjunto de operaciones y prácticas que definen la actividad de policía, así como se entorpece el reto de construir formas de resolución pacífica de los conflictos al interior de la sociedad civil, y de los necesarios enfoque sociales de larga y mediana duración que deben orientar la política pública y las instituciones para hacer frente a los desigualdades estructurales que ponen en condición de vulnerabilidad y precariedad la vida mayorías sociales en las grandes ciudades.
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