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¿Se cumple el fin de la pena?

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Por Juliana Builes Aristizábal

“Los carros” o cuidadores de patio gritan palabras indistintas a las 6 de la mañana en punto, para que todos los condenados salgan a su baño matutino. 40 minutos son los que disponen para asearse. Son las 6:45 am y ya deben estar filados para ser contados por la guardia. Luego se aproximan a unas canecas azules, el bongo está repleto de comida, son las 8 am. El desayuno, una mandarina o un banano, 2 de cada 5 unidades están malas, arroz con huevo que huele y sabe a podrido, infaltable el chocolate. Después de ser alimentados, cada recluso se sumerge en una actividad diferente, unos tejen, otros tocan música, hacen ejercicio y solo algunos privilegiados estudian. Claro que no todos están ocupados, estas actividades en la cárcel son una lotería. El almuerzo es lo mismo que la comida, pollo o carne en malas condiciones, reciclado muchas veces del día anterior. El alcanfor, medicamento que se usa para inhibir el deseo sexual, penetra el sabor de toda la comida. El sol empieza a caer y a las 3:30 de la tarde, la fila corre y todos los presos se encierran nuevamente en sus celdas, no disponen de las camas suficientes, ni siquiera de un baño, la orina pasa por los tarros de gaseosa o algunas bolsas plásticas hasta las 6 de la mañana del día siguiente.

Jhon, un paisa alto y robusto, sobrevivió 9 años a la misma rutina, fue condenado por porte ilegal de armas. Parte de su familia lleva involucrada más de 20 años dentro de varias redes delincuenciales de la ciudad de Medellín. Su vida siempre se ha desarrollado en los barrios periféricos y su nivel educativo no supera la primaria. Sus opciones no fueron muchas, pero la que más se le pareció a lo que siempre había visto de sus familiares y amigos fue el crimen. Pagó una condena intramural y ya van 3 años desde que terminó la pena, hoy su forma de ganarse la vida sigue siendo el delito. Dentro de la cárcel le tocó hacer parte de la red de microtráfico del establecimiento de reclusión para poder pagar el colchón donde dormía, las llamadas y algunas comidas. Tocó música y se certificó en comunicación estratégica con el SENA. Sin embargo, el Estado no le brindó opciones laborales de resocialización para cuando quedara libre.

La historia del sistema carcelario del país ha sido compleja, la historia de Jhon es la de miles de personas que pasan por la prisión. En 1998 el Estado declaró, bajo la sentencia T-153 dada por la Corte, que existía un estado de cosas contrario al orden constitucional, sentencia que se reafirmó en el año 2013, y por última vez en el año 2015.

Para entender de forma más clara lo que significa la declaración de Estado de Cosas Inconstitucionales del sistema penitenciario y carcelario, la Corte Constitucional señala los siguientes factores: la vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales que afecta a un número significativo de personas; la no expedición de medidas legislativas, administrativas o presupuestales necesarias para evitar la vulneración de los derechos, y la existencia de un problema social, cuya solución compromete la intervención de varias entidades.

Los reiterados incumplimientos a las órdenes de la Corte Constitucional se soportan en el argumento de carencia de recursos para emprender grandes cambios, dejando de manifiesto la inoperancia estatal. La situación actual de las cárceles en Colombia no es diferente a la de 2015, inclusive está en un punto más agudo. El hacinamiento no para de aumentar, la cifra en la región noroeste, que cubre los departamentos de Antioquia y Chocó, supera el 150%, lo que ha agravado los problemas de habitabilidad, salud y alimentación.

Los arduos inconvenientes en temas de resocialización no responden solo al hacinamiento, aunque este agrave más la condición de la pena, se trata de una falla estructural.  Jhon duró casi un año en libertad condicional esperando una carta para poder ingresar a su trabajo de taxista, el que él mismo consiguió. El Estado le negó la posibilidad de emplearse legalmente, pero si lo condenó con todo el peso de la ley cuando cometió un delito

¿Qué se debe hacer?

A partir de los años 80, el aumento de la población carcelaria en nuestro país y el mundo ha provocado un fenómeno de saturación. En Colombia la nueva creación de delitos y el aumento de las penas, ha tenido un auge desde hace más o menos 10 años. Sin embargo, aumentar el número de delitos que se revuelven con la privación de la libertad, saturar el sistema y no darles circulación a las cárceles, profundizó una crisis que completa más de 20 años.

La justicia penal se ha puesto en el centro de la solución como única forma de contrarrestar los problemas delictivos del país, creando así una especie de optimismo punitivo. Inclusive hasta grupos sociales que hoy se podrían considerar como progresistas, apelan al derecho penal y al aumento de penas con medida de privación de la libertad. Por ejemplo, los movimientos feministas abogaron en muchas ocasiones por la tipificación del delito de feminicidio. En el año 2015, gracias a Ley 1761, se creó el delito de feminicidio como delito autónomo, aumentando la pena en consideración al homicidio agravado. Sin embargo, según el Observatorio Feminicidios Colombia, en el 2017 se presentaron 271 feminicidios en el país, mientras que en el 2021 fueron 563, lo que concluye que la Ley en primera instancia no cumple con su objetivo de prevención, y que además la creación del delito y el aumento en la pena no ha significado su reducción.

Para Julio Gonzales, profesor de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, en temas de resocialización la situación se complejiza puesto que “casi nunca ha sido posible demostrar que un Estado puede resocializar”. La resocialización se vuelve entonces una especie de proceso de ingeniería conductual, donde el Estado tiene el derecho de someter al penado a un procedimiento que lo va a cambiar radicalmente. En el caso colombiano el panorama se complica aún más, ya que se le pide a la población privada de libertad que siga un programa de resocialización en condiciones indignas y de vulneración de los derechos humanos.

El paso por la prisión está diseñado, en mayor o menor medida, para que esa situación se perpetúe. Es decir, cuando una persona cumple su pena y sale a ser parte de la sociedad, no puede acceder a un cargo público o un contrato público, y en el caso de la empresa privada los antecedentes se vuelven una barrera importante para obtener un empleo. Si a esto le agregamos la intención de aumentar las penas, resulta casi imposible pretender una resocialización exitosa.

Para el profesor Julio Gonzales la solución no tiene que ver con lo que puede hacer la justicia, ni después el sistema carcelario, ya que este atrapa en su gran mayoría a personas en situación de vulnerabilidad, con poca preparación académica, poca capacitación laboral y a veces con problemas familiares complejos. Lo indicado en este caso sería esforzarse por la prevención, que debe estar en manos del Estado y no de la justicia. Gonzales concluye que “hay un problema de justicia social, algo más orientado a las políticas públicas, que, de ser eficientes, reducirían la criminalidad y por consecuencia el paso por la cárcel”.

Iván Darío Escobar Rendon, secretario general del Instituto para el Desarrollo de Antioquia (IDEA), abogado y ex director de la cárcel de Bellavista, concuerda en que el Estado tiene la responsabilidad de poner en marcha un engranaje que parta de la palabra prevención. En 1998, el establecimiento carcelario de Bellavista tuvo en funcionamiento el programa “Bellavista un espacio humano”, dirigido por Escobar. Este método de resocialización cubrió todas las variables que pudieran hacer que una persona privada de la libertad reincidiera y regresará al sistema penitenciario. “Cuando tuve la oportunidad de dirigir el establecimiento carcelario de Bellavista, una cosa que llamó poderosamente la atención era la inexistencia de fuentes de empleo dentro del establecimiento, a pesar de que había una sobre oferta de mano de obra, 7700 hombres todos los días haciendo nada. pero lo más crítico era que al final de la semana, el día sábado, las mujeres iban a la cárcel a llevarle dinero a los que estaban allí”. La reclusión carcelaria es una sanción que afecta tanto al núcleo familiar más cercano como a su entorno, tales impactos parecen ser desatendidos y minimizados por el Estado.

“Bellavista un espacio humano” empezó pintando el establecimiento de color ocre. El segundo paso fue vincular a la empresa privada y al Estado, “se empezaron a crear fuentes de empleo adentro y afuera del establecimiento, que generaban recursos para las familias de los reclusos que se encontraban fuera del penal”, cuenta Iván Darío. El tercer paso fue la implementación de programas académicos. Se les ofreció en ese entonces educación primaria, secundaria, dictada por algunos colegios del municipio de Bello, y universitaria, gracias a las instituciones privadas de educación superior que aceptaron el convenio.

El programa tenía 100 presos trabajando fuera de la cárcel, 500 en los talleres dentro del penal y otros estudiando. Las riñas llegaron a 0, el consumo de drogas también se redujo. No solo la población privada de la libertad gozó de la mejoría, todos los civiles, incluyendo los guardas del INPEC que trabajaban en el establecimiento carcelario, recibieron capacitaciones para poder contribuir a un proceso de resocialización efectiva.

Con el hacinamiento existente, el Estado no dispone de los recursos necesarios para implementar programas como “bellavista un espacio humano”. Además, el INPEC, institución responsable de la inspección y vigilancia de los centros de reclusión, está centralizada y todos los recursos llegan directamente a Bogotá, lo que dificulta la distribución de recursos a las seccionales de los departamentos. La sociedad tampoco está muy interesada en resolver la crisis carcelaria, la percepción ciudadana de la población privada de la libertad se alimenta de la información que reciben a través de los medios de comunicación, la cual empeora su imagen ante los colombianos y la empresa privada.

Las fundaciones que intervienen alrededor del sistema penitenciario y carcelario no son muchas. Durante varios años este papel lo cumplieron asociaciones religiosas, cuya misión era evangelizar a las personas privadas de la libertad. En 2013 nació la Fundación Acción Interna con el propósito de “mejorar la calidad de vida de la población carcelaria, pospenada y en condición vulnerable en Colombia, generando oportunidades de reconciliación y resocialización, a través del desarrollo de sus capacidades y la generación de proyectos productivos sostenibles social y económicamente.”

La fundación impacta en este momento a 152.00 personas privadas de la libertad, 1.700 pospenados, 632 familias y 15.469 guardias y personal administrativo. El engranaje con la empresa privada ha demostrado que la población carcelaria tiene posibilidades de conseguir segundas oportunidades y no reincidir, y deja también en evidencia la inoperancia estatal a la hora de resocializar. Desde la última sentencia de la Corte Constitucional en 2015, el Estado diagnostica problemas de fondo, los cuales reconoce que no tiene cómo resolver. El fin de la pena no se cumple de ninguna manera.

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